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28 octubre 2008

Debaten sobre el uso de la Cámara Gesell






































































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PROTECCION DEL MENOR VICTIMA DE ABUSOS

Interesante debate sobre las ventajas del uso de la Cámara Gesell



Un interesante debate se da en torno de la norma que habilitó el establecimiento de una Cámara de Observación o Gesell (desde junio funciona una en la sede judicial del ex Comando). Las observaciones están centradas en algunos puntos de la Ley 7.545, que modificó el Código Procesal Penal de Tucumán para posibilitar que los fiscales de Instrucción dispongan la declaración de víctimas de abusos físicos o sexuales, que sean menores de edad o discapacitados, por medio de este mecanismo ideado por Arnold Gesell (1880-1961).


No hay discusiones sobre la finalidad perseguida: evitar que las víctimas sufran nuevamente el hecho ilícito padecido cuando tienen que recrearlo en sede judicial para que proceda la correspondiente investigación. Las objeciones se refieren a la técnica legislativa empleada por la Ley 7.545, que fue promulgada el 9 de mayo de 2005. “La redacción de la norma no es lo suficientemente clara y precisa que debió ser”, advirtió Jorge Echayde (actúa como ayudante fiscal en la Fiscalía I de Instrucción).


Entre los reparos, se marca que, en los hechos, quienes interrogan a las víctimas son los psicólogos, cuando la norma dice expresamente que esa actividad debe practicarla “el fiscal o tribunal, con la asistencia inexcusable de un psicólogo y/o profesional necesario”.


Por el contrario, el artículo 250 bis del Código Procesal Penal de la Nación prevé que los menores sólo “serán entrevistados por un psicólogo especialista en niños y/o adolescentes” y expresamente establece que “en ningún caso pueden ser interrogados en forma directa por dicho tribunal o las partes”. Precisamente, lo que se busca evitar es que el interrogatorio provoque un nuevo perjuicio a la víctima si no es dirigido por un experto en la materia.


El temor es que se multipliquen eventuales planteos de nulidad o de inconstitucionalidad, como ya sucedió en Río Negro o Neuquén. La propia Cámara Nacional de Casación Penal también se pronunció sobre el derecho del imputado de controlar los testimonios de las víctimas (y así ejercer su derecho de defensa), por ejemplo, mediante la citación del psicólogo que recibió la declaración de la víctima en la Cámara de Gesell.


Algunos fiscales elevaron sus inquietudes al ministro fiscal, Luis de Mitri, y hasta hubo una reunión con la vocal de la Corte Suprema de Justicia, Claudia Sbdar, ocasión en la que se destacó la importancia de que los propios jueces, por medio de su labor interpretativa, marquen los verdaderos alcances de la ley.

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